El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha sentado un precedente clave en la ponderación entre los derechos al honor y la intimidad y la libertad de creación artística, al estimar los recursos de la productora, la cadena y la plataforma de streaming de la serie ‘Fariña’.
La sentencia anula la indemnización previamente reconocida a Laureano Oubiña, desestimando que la producción vulnerase sus derechos fundamentales.
Análisis del Derecho al Honor
El Tribunal subraya la condición de Oubiña como personaje público debido a sus condenas por narcotráfico, un asunto de notorio interés general. En una obra de ficción «inspirada en hechos reales», no se aplica la exigencia estricta de veracidad propia del periodismo informativo. Por ello, la representación de su personaje en la trama, incluso insinuando vínculos con otras drogas, no supone un menoscabo relevante para una reputación ya afectada por condenas graves.
Análisis del Derecho a la Intimidad
Respecto a la intimidad, el Supremo realiza una cuidada ponderación. Aunque el personaje es identificable, las escenas de carácter íntimo son breves, no explícitas y se integran de forma natural en el relato. El tribunal concluye que el espectador medio entiende estas secuencias como una recreación dramática y no como una divulgación de hechos reales de la vida sexual del demandante.
En definitiva, la afectación a la intimidad carece de la gravedad necesaria para prevalecer sobre la libertad de creación artística.
Una decisión que refuerza el marco de protección de las obras de ficción basadas en la realidad.